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Cámara de Senadores aprueba ley para fiscalizar información e ingresos sobre la producción de Hidrocarburos
Santa Cruz 13 de junio.- Oscar Ortiz, presidente de la Cámara Alta, informo este viernes en rueda de prensa, que el Senado Nacional aprobó un proyecto de ley que crea un sistema de información y control sobre el pago del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y las regalías a los departamentos, municipios y universidades públicas.
Esta denominada ley, tiene por objeto la implementación de una técnica de fiscalización y control sobre la producción y comercialización de hidrocarburos.
También las prefecturas, Municipios y Universidades publicarán en sus portales electrónicos o ediciones impresas, con un retraso no mayor de treinta días, los ingresos percibidos por regalías, IDH e IEHD, así como el destino y uso de los mismos.
“Nos parece fundamental que YPFB le informe a los beneficiarios y a todos los ciudadanos bolivianos a través de un portal electrónico, cada mes cuanto se produce en cada campo, y por lo tanto cuanto de ingreso le tienen que dar a cada departamento, municipio y a cada universidad publica”, sostuvo
En ese sentido el legislador consideró fundamental esta disposición para el desarrollo del país y la consolidación de las autonomías.
Dijo “consideramos elemental que aprovechemos realmente la riqueza que esta generando la producción de hidrocarburos y no se la desperdicie, que esta riqueza se convierta en lucha contra la pobreza, en creación de empleos y en bienestar para toda la familia boliviana”.
Asimismo finalizó “esperamos que esta ley que se aprobó en el Senado, sea lo mas pronto posible aprobado en la Cámara de Diputados, para que realmente todos los bolivianos conozcamos cuanto nos corresponde por ingreso de los derivados de hidrocarburos”.
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. (Del Objeto).
La presente Ley tiene por objeto la implementación de un Sistema de
Fiscalización, Información y Control sobre producción y comercialización de
hidrocarburos.
Artículo 2. (Del Sistema de
Fiscalización, Información y Control). Yacimientos Petrolíferos Fiscales
Bolivianos (YPFB), de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley de
Hidrocarburos Nº 3058 de fecha 17 de mayo de 2005, implementará el Sistema de
Fiscalización, Información y Control sobre la producción y comercialización de
hidrocarburos, así como la liquidación de regalías e IDH en el plazo de sesenta
(60) días computables a partir de la publicación de la presente Ley. Al Sistema
deberán tener acceso irrestricto y permanente las Prefecturas, Municipios,
Universidades y el público en general.
Artículo 3. (De la
Información). El Sistema de Fiscalización, Información y Control, una vez
instalado, proporcionará información actualizada, dentro de los primeros quince
(15) días de cada mes vencido, con el siguiente contenido mínimo:
Artículo 4. (Del Control Cruzado). Las empresas petroleras operadoras de los campos hidrocarburíferos suministrarán, asimismo, toda información pertinente al Sistema de Fiscalización, Información y Control, cuando ésta sea requerida tanto por el Presidente de la Cámara de Senadores como por el Presidente de la Cámara de Diputados. De la misma manera, dicha información, en poder de las empresas petroleras, será también entregada a las Prefecturas, Municipios y Universidades, previa autorización de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB).
Artículo 5. (Transparencia
Institucional). Las Prefecturas, Municipios y Universidades publicarán en
sus portales electrónicas en la Web y/o ediciones impresas, con un retraso no
mayor a treinta (30) días, los ingresos percibidos por regalías, IDH e IEHD, así
como el destino y uso de los mismos. El incumplimiento de esta obligación será
causal de congelamiento de las transferencias de estos recursos.
Remítase a la Honorable Cámara de
Diputados, para fines constitucionales de revisión.
Es dado en la Sala de Sesiones
del Honorable Senado Nacional, a los diez días del mes de junio de dos mil ocho
años.
Sen. Oscar Ortiz Antelo
HONORABLE SENADO NACIONAL